Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud interpuesta por la ciudadana: ELEYDY DEL VALLE ZAMBRANO MORANTES, en consecuencia NIEGA la entrega del vehículo: Marca Chrysler, Modelo neon, año 1998, Tipo Sedan, Color rojo, Clase Automóvil, Serial del Motor: 4 cil; Serial De Carrocería: 8Y3HS26C4W1819964, Placas: FAL83S, Uso: Particular. Regístrese, diaricese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.