Por lo antes expresado ocurrió la perención de instancia en la presente causa, en consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara la Perención de la Instancia en la demanda de Intimación, intentada por el Abogado ANGEL FELIX GRIMON RODRIGUEZ, Inpreabogado Nro. 71.242, en su carácter de endosatario en procuración de la ciudadana MORAIMA PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 8.545.536; en contra de la ciudadana BEATRIZ ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 11.206.744; de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, Ordinal 1°; y se ordena el archivo del presente expediente. Asimismo ofíciese al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, a los fines de que deje sin efecto el Oficio signado con el Número 3510-315-2005, de fecha 28.....