Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Verificada el cumplimiento de las condiciones impuestas al ciudadano SIMON EVARISTO MONTEROLA, Cédula de Identidad No. 20.853.464, nacido 04-11-1988, soltero, sexto grado de instrucción, Padre Anselmo Monterota, residenciado en la Vía Principal la Horqueta, casa S/N, cerca entrada los cantones, obrero, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, por el delito de POSESIÓN DE DROGAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento de los hechos, se acuerda la Extinción de la acción penal y .....