Por las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda proseguir la presente Causa por la Vía del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Pena, a los fines de que se garantice la asistencia del imputado a los actos subsiguientes. SEGUNDO: Se decreta al ciudadano : JOSE GREGORIO VALENZUELA HERRERA, venezolano, natural de San Félix, residenciado en el barrio Altamira, san Félix, de 39 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 12.128.545, teléfono Nº 0424-9249826, medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad de conformidad con el articulo 242 numeral 3ero y 9to del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentaciones cada quince.....