DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, haciendo uso de las facultades establecidas en los artículos 152,196 y 243 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Decreta:
PRIMERO: Medida Cautelar de Oficio de protección a la producción agroalimentaria de los rubros de yuca, auyama, plátano, topocho, él barbecho de maíz, así como árboles frutales hicaco, níspero, cereza, coco, mango, guayaba, naranja, limón, guanábana e onoto, producidos en la Comunidad de Varadero de Yaya, Parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se acuerda el traslado de este Juzgado de Primera Instancia, órgano jurisdiccional al predio la Comunidad de Varadero de Yaya,.....