este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
PRIMERO:
Prestación de Antigüedad: Bs. 591.937,20
Vacaciones Fraccionadas: Bs. 92.808,00
Bono Vacacional Fraccionado: Bs. 43.805,00
Utilidades Fraccionadas: Bs. 92.808,00
Diferencia de Salario: Bs. 1.037.092,80
Horas Extras: Bs. 1.670.554,00
NETO A PAGAR: BS. 3.529.005,00
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DESICIÓN. Años 195° y 146°
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. MARISELA GOMEZ ESTABA. .....