En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL ITINERANTE SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud Sobreseimiento número MP-58568-2016, (nomenclatura del Ministerio Publico), interpuesta por la Fiscal Provisorio de la Fiscalía Segunda el Ministerio Público del Estado Delta Amacuro, ABG. ROMELYS ROSALIA MALPICA, y en consecuencia, SE DECRETA el SOBRESEIMIENTO, a favor del ciudadano JUAN JOSE QUIJADA GARCIA, titular de la cedula de identidad Nª 14.905.782, residenciado sector la perimetral, calle de la cancha, casa s/n, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, en perjuicio del ciudadana NORBEIDYS MAIDYN MENDOZA BARRETO, titular de la cedula de iden.....