este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio y Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en virtud de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 y 133 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL ACUERDO LAS PARTES, en los términos en que lo establecieron, dándole EFECTO DE COSA JUZGADA. Se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas por cada una de las partes, y así mismo se ordena en este mismo acto la remisión al archivo judicial del presente expediente.
LA JUEZ PROVISORIA,
Abg. FLORALBA HERRERA BELLO
PARTE DEMANDANTE
Abg. CARLOS JOSÉ RIVAS CAMPOS
PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
Abg. YSMEL MANUEL ROMERO
ABOGADA ASISTENTE DE LA
PARTE .....