DECISION
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano MEJÍAS MORENO FRANK JOSÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.403.167, domiciliado en Santa Cruz, frente a la Escuela, Municipio Tucupita, Edo. Delta Amacuro; conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana ARZOLAY ABREU YUNILCA COROMOTO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad número 16.215.630, residenciada en la Urb. Del.....