Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara HOMOLOGADO el escrito de Transacción celebrado entre las partes. Y ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese,
Déjese Copia Certificada en el archivo del Tribunal.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En Tucupita, a los Veintinueve (29) días del mes de Marzo del Año Dos Mil Seis (2006). AÑOS: l95° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez Temporal,
Dra. ZURIMA JOSEFINA FERMIN DIAZ.
El Secretario,
Abg. LUIS ARGENIS MARCANO.
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