"...DECLARA SIN LUGAR por infundada la apelación interpuesta por el Abg. JOSE CONTRERAS BERMUDEZ, en su condición de Fiscal Segundo Comisionado del Ministerio Público, suficientemente identificado en autos, contra el auto dictado por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro de fecha, 12 de marzo de 2009, en la causa contra los ciudadanos CORTEZ GUEDEZ, JOSE MANUEL; LUCES JAVIER, OSCAR ANDRES y PINTO, ELIXI RAFAEL y de oficio anula por inmotivada la decisión recurrida y repone la causa al estado que se realice una audiencia en la que un Juez distinto se pronuncie con la debida motivación sobre los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y demás solicitudes de las partes.
Se exhorta a los jueces de este Circuito para que cumplan a cabalidad con la obligación de pronunciar sus decisiones motivadas en el plazo establecido en el artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal.
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