PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION DE AUTO, propuesto por el Abogado ROBERT ADDEMAR MARQUEZ, en su condición de Defensor Publico Penal de los ciudadanos FRANK ALEXANDER RIVAS MORENO, titular de la cédula de identidad Nº 16216660, y RAFAEL ANTONIO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº 18.657231, en el cual solicita entre otras cosas, se cambie la medida privativa preventiva de libertad por una menos gravosa, pues, no es evidentemente aplicable al presente caso, todo ello en virtud que el Tribunal de la causa ha revisado y analizado correctamente los extremos legales establecidos en los artículos 229, 230, 233, 236, 237 numerales 2 y 3, así como su Parágrafo Primero y 238, todos del Código Orgánico Procesal Penal, y de las actas procesales observa esta Alzada que si existen suficientes elementos hasta esta etapa procesal para que los procesados, se mantengan privados preventivamente de libertad, visto sobre todo la penalidad que pudiere imponerse a lo.....