ÚNICO: DECLARA CON LUGAR la inhibición expresada por la abogada ROMELYS MEDINA FARIAS, Jueza del Tribunal Juicio Itinerante Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, por estar fundada en causal legal prevista en el artículo 89, numeral 7, en concordancia con el artículo 90, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose que otro Juez de Juicio conozca de dicha causa.