Por los razonamientos ya expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se CONDENA al ciudadano EUSEBIO RAMÓN BRITO CHACHA, de nacionalidad venezolana, natural de San Félix, estado Bolívar, donde nació en fecha 06/05/1970, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.864.399, de estado civil soltero, de oficio estudiante de Ingeniería de Sistemas, residenciado en Sector 02 de marzo, Barrio Bolivariano, al lado de la Universidad Bolivariana de Venezuela (UBV), Tucupita, Estado Delta Amacuro e hijo de Nelly del Valle Chacha (v) y padre desconocido, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal, al ser encontrados por este Tribunal como autor culpable y responsable en la co.....