Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la Suspensión Condicional del Proceso seguida contra de los ciudadanos: JOSE GONZALEZ ABRAHAN, titular de las cédula de identidad número: V-11.205.575, JOSE MANUEL FRANCO titular de las cédula de identidad número: INDOCUMENTADO, OBDULIO ALEXANDER GONZALEZ, titular de las cédula de identidad numero: V 16.216.337 y JOSE GREGORIO FRANCO titular de las cédula de identidad número: V 17.054.643; de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal. Queda obligado a presentarse cada 30 días por ante el puesto Policial ubicado en la comunidad de volcán. Se les impone la obligación de elaborar 300 trípticos de los cuales deberán distribuir 100 en la Comunidad.....