Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a los ciudadanos: ELIECER PEREIRA POTELLA, venezolano, de 24 años de edad, natural de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, nacido en fecha 03-11-85, soltero de profesión u oficio estudiante titular de la cedula de identidad Nº 22.830.267, residenciado en el sector San Rafael, calle Orinoco, casa S/N Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro y CARLOS JAVIER BETANCOURT YEPEZ, venezolano, de 25 años de edad, natural de Upata, Estado Bolívar, nacido en fecha 06-12-83, soltero de profesión u oficio estudiante, titular de la cedula de identidad Nº 17.542.423,, residenciado en el sector San Rafael, calle Orinoco, casa S/N Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro; de conformidad con lo establecido en el artícu.....