ESTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta: Revisadas las actas que conforman el presente asunto escuchados los alegatos de las partes, decreta lo siguiente: PRIMERO: Se acuerda la aplicación del procedimiento especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en relación al delito de violencia física tal como se desprende de las actas del presente asunto. SEGUNDO: Se Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano: LENIN WLADIMIR RODRIGUEZ CABRERA, venezolano, titular de la cedulad e identidad N° 9.864.208 de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentaciones periódicas cada 30 días por ante la Oficina de Alguacilazgo, en concordancia con el articulo 87 ordinales 3, 5, y 6 de la Ley Orgánica sobre el derecho .....