Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de control Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en La ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: No admite la acusación presentada por el Fiscal Tercero del Ministerio Público, en la presenta causa seguida al ciudadano FRANCISCO PAULINO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.547.601, natural de este Estado, nacido en fecha 11/10/1958, casado de profesión u oficio agricultor, residenciado en el sector conocido como el Zamuro, transversal 1, casa número 80, de color azul, teléfono 0287-4153245, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, declarándose en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO; de conformidad con lo previsto en el artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 313 numeral 3 Eju.....