DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida a WUILDE GASCON, quien dice ser Venezolano, Soltero, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero: 25.124.353, natural de Volcán, de esta ciudad (Tucupita-Estado delta Amacuro), nacido en fecha 08/08/88, de 19 años de edad, de ocupación u oficio trabajo con una señora en el mercado de los pinos le dicen Brunilda, residenciado en la Comunidad del Volcán, casa sin número, al lado de la licorería del Tuerto Limada, de esta ciudad, hijo Hortensia Gascon (v) y no lo conocí (f), grado de instrucción 4to grado, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en artículo 452 numeral 8 del Código Penal, de conformidad con lo previsto en los artículo 300 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, así como el artículo 285 numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y, a tenor de la norma del artículo 301 del texto adjetivo penal vigente que consagra los efectos inherentes a es.....