ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY .Se DECLARA CON LUGAR los fiadores presentados por el Abg. OSWALDO PEREZ MARCANO, Defensor Público Tercero Penal en donde presento los de Fiadores, JOSE GREGORIO GIGUERA ,titular de la cedula de identidad N° 9.867.536 y MAXIMILIANO MILLA, titular de la cedula de identidad N° 4.512.433, a favor el ciudadano imputado: Pedro Emilio Vegas, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.207.983, los cuales presentaron Constancia de Trabajo constancia de Residencia constancia de buena conducta de conformidad a lo establecido en el articulo 258 del código orgánico procesal penal. Se ordena emitir las respectivas boletas de EXCARCELACIÓN una vez que los fiadores suscriban el acta de compromiso de fiadores ante este tribunal Tercero de Control de conformidad a lo establecido en el articulo0 259 del código orgánico procesal pe.....