Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial del estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Se Decreta: PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en beneficio del imputados: EZEQUIELA DEL VALLE ORTIZ ACOSTA, titular de la cédula de identidad V- 16.030.530, y FREDY JOSE GUILARTE ARZOLAY, titular de la cédula de identidad V- 12.125.393, ciudadano: De conformidad con lo previsto en los artículos 264 en relación con el artículo 256 NUMERALES 3, 4 Y 8 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, se sustituye la MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, acordada por el tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control dos de este mismo Circuito Judicial penal y sede en fecha ocho (09) de Diciembre del año 2008, en audiencia de presentación de imputado. Dicto medida privativa de libertad, ratifi.....