POR LAS RAZONES EXPUESTAS, ESTE TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL NO. 3, DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS:
PRIMERO: Una vez realizada la imputación de conformidad con el artículo 358 y siguiente del Código Orgánico Procesal Penal, procede a suspender condicionalmente el proceso a favor del ciudadano como LENIN RAUL OCHOA, venezolano, natural de esta ciudad, de 38 años de edad, nacido en fecha 25-02-1975, residenciado en villa rosa, calle 4, casa Nº 01, de profesión u oficio vigilante seguridad de la Gobernación, titular de la cedula de identidad Nº 12.546.353, por la presunta comisión del delito de POSESION DE DROGAS, previsto y sancionado en el articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano, quien acepto el hecho y ofreció la elaboración y distribución de 60 trí.....