Por las consideraciones arriba expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se ordena la apertura del juicio oral y público, en contra del ciudadano: NAUDIS YONERSI META LISBOA, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.114.223, de nacionalidad Venezolana, soltero, de profesión u oficio de Albañil , residenciado en Avenida 02 de Marzo, Casa Sin Numero, Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro, de Treinta y tres años de edad (33) nacido en fecha 21/01/78, hijo de la ciudadana: EULALIA DE META Y JUAN META, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, prev.....