POR LAS RAZONES EXPUESTAS, ESTE TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL NO. 3, DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS:
PRIMERO: Se decreta a favor del ciudadano al ciudadano LEUDECIS WLADIMIR TEMPO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.074.230, fecha de nacimiento 04/11/1980, residenciado en Palital Municipio Independencia, Parroquia mamo, al lado de la bodega Orozco, teléfono 0416-789822, por encontrarse incurso en la comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal en perjuicio del ciudadano ARBEN YOEL ROJAS BRAVO, titular de la cédula de identidad Nº 15.908.705, residenciado en el barrio libertador, sector 1, al fondo de la panadería rosa mística, AMPLIAR EL REGIMEN DE PRUEBA A UN AÑO, imponiendo como condición un régimen de presentac.....