ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE TUCUPITA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta, de conformidad a lo establecido en los artículos 479 y 500 del código orgánico procesal penal, ordenar la evaluación Psico Social, por parte de la Junta Técnica del Ministerio del interior y justicia, al penado: MAIKEL JESUS GOUVEIA CEDEÑO, titular de la cédula de identidad Nº 14.635.522, por cuanto ya cumplió una cuarta (1/ 4) parte de la pena impuesta en fecha 08 de marzo del año dos mil doce (2012), y opta formula alternativa de cumplimiento de pena DESTACAMENTO DE TRABAJO. ASI SE DECICDE.