Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL Y LA ACCESORIA, a favor del penado JOSE RAMON MORENO MARICHALES, venezolano, natural de esta Ciudad de Tucupita Estado delta Amacuro, nacido en fecha 08-02-1978, de 35 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 14.488.569, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, con último domicilio en la Comunidad de Volcán, calle principal, casa sin número, Tucupita, Estado Delta Amacuro; por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código P.....