Por todo lo expuesto este Tribunal Segundo de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Se declara el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, ambos residenciados en el sector El Cafetal, calle principal, Casa S/N°, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro; hijos de la ciudadana Pabla Beria, quienes fueron investigados por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 numeral 4 del Código Penal Vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de la ciudadana MERCEDES GOMEZ TORTOLEDO, de conformidad con el literal "d" del artículo 561 y 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y artículo 108 ordinal 5° del Código Penal, y artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Una vez transcurri.....