En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Ejecución para la Responsabilidad Penal de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA EJECUCIÒN DE LA SENTENCIA EMANADA DEL TRIBUNAL DE CONTROL N º 02 DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, bajo los parámetros estipulados en la misma, y en consecuencia: PRIMERO: El Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión de los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153, primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas, PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 277 del código penal venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano y LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del código penal venezolano, en perjuicio del c.....