, este tribunal dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Publico, así mismo admite los medios de pruebas ofrecidos por ser útiles necesarios y pertinentes, para demostrar la responsabilidad del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, por el delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el consumo y tráfico ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad. SEGUNDO: Efectuada como ha sido la admisión de los hechos por parte del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA este Juzgado pasa a decidir conforme al procedimiento de admisión de los hechos en consecuencia, se le impone la sanción Libertad Asistida y Reglas de conducta simultáneamente por el lapso de un año, conforme el artículo 620 literal "d", 621, 622 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, e impos.....