1EL-196-2016 SEDECLARA: PRIMERO: EL CESE DE LAS MEDIDAS impuestas solo en relación al joven: (SE OMITE IDENTIDAD), por haberse verificado el cumplimiento a cabalidad de los objetivos planteados para la ejecución de las medidas, conforme a los artículos 629, 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decretándose la LIBERTAD PLENA al referido joven.