DECISIÓN
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, se ordena al adolescente, plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones:
Libertad Asistida, por el lapso de UNO (01) AÑO Y SEIS(06) MESES, la cual cumplirá en el Parque Tucupita II, ubicado en la Avenida 19 de Abril de la Urbanización Doctor Delfín Mendoza de esta ciudad, a cargo de la Abogada Neorquine Marcano, quien deberá informar mensualmente a este Tribunal de su cumplimento y evolución. Ofíciese lo conducente remítase copia del presente auto, conforme a lo previsto en el articulo 527 y 621 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Imposición de Reglas de Conductas: por el lapso de UNO (01) AÑO, se le imponen las siguientes obligaciones
1. Prohibición de portar armas de fuego y blancas y de ningún tipo.
2. No consumir bebidas alcohólicas, ni sustancias estupefacientes.
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