este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA de conformidad con el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, la Transacción laboral celebrada entre la empresa demandada GLOBAL SANTA FE DRILLING DE VENEZUELA C.A, y el ciudadano: HILDEMARO DEL JESÚS GONZÁLEZ PATRIZ, parte actora, los cuales decidieron poner fin al presente juicio por medio de la transacción presentada en fecha 21 de julio de 2005, por ante la Inspectoría del Trabajo del Estado Delta Amacuro. ASÍ SE DECIDE. Notifíquese a las partes. Cúmplase.