Por las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Régimen Procesal Transitorio Laboral y Nuevo Régimen Procesal Laboral De La Circunscripción Judicial Laboral Del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano : JESÚS M, FLORES, representado por su Apoderado Judicial ABOG° BRANLY VILLARROEL, en contra de la demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO CASACOIMA, representada por el Alcalde PEDRO SANTAELLA, ambas partes identificadas en los autos. SEGUNDO: Se condena a la empresa a pagar al actor la cantidad de DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS VEINTE BOLÍVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 2.425.720,32) por concepto de Diferencia de Prestaciones Sociales por la terminación de la relación de trabajo, indicados en la parte motiva de la presente decisión.
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