III
DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, DECLARA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado en que se ADMITA la demanda,se emplace a las partes para la operación deDESLINDE JUDICIAL DE PREDIOS RURALES, interpuesta por EMETERIO RANGEL; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V - 8.019.622, Abogado debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 28.256 de fecha 10 de Noviembre de 1.987, Defensor Público Agrario Segundo ( e ), adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Delta Amacuro, actuando como representante legal del ciudadano:; ANTOINE ADOUARD EL NEMER FRANGIE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.216.529, se decreta LA NULIDAD de todas y cada unas de las actuaciones subsiguient.....