ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO
Se admite la totalidad de la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del acusado ROBERTO CARLOS YANCEL, por el delito de ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, con la circunstancia agravante genérica de ejecutarlo de noche, previsto y sancionado en el artículo 77 numeral 12 del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadana CORREIA RATTIA YULIMAR MARIA, compartiendo igualmente dicha calificación jurídica, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal del acusado ROBERTO CARLOS YANCEL, venezolano, mayor de edad, de 33 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.782.521, de estado civil soltero, natural de Caracas, nacido en fecha 29/1.....