este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Acuerda:
PRIMERO: EJECÚTESE FORZOSAMENTE la sentencia de fecha 04-08-2014, conforme a lo dispuesto en el artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Se condena a cancelar al demandado de autos, Ciudadano GUSTAVO ERNESTO HERNANDEZ LEON, venezolano titular de la cedula de identidad Nº V-16.699.855, el monto de VEINTIUN MIL DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 21.280,00), correspondientes a los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2014 y enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio.....