Por los motivos anteriormente señalados éste Tribunal Segundo de Control de esta Circunscripción Judicial Penal, en virtud de lo antes señalado, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUERLA Y POR AUTORIDAD DE LALEY: ACUERDA: Negar la ORDENA LA APREHENSION solicitada por la Fiscal Auxiliar Quinta en contra de los ciudadanos DANIEL JOSE AGOSTO, alias " EL PECUCA", venezolano, natural de esta ciudad, de 19 años de edad, de residencia imprecisa, titular de la cédula de identidad N° V.- 23.019.759, y al ciudadano MOISES ISAACC MARQUEZ OLIVEROS, conocido como "MOISES", venezolano, natural de esta ciudad, de 19 años de edad, nacido en fecha 28-01-1990, residenciado en la urbanización Delfín Mendoza, calle Primerote Mayo, casa S/N, titular de la cédula de identidad N° V.- 20.787.011, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVO FUTÍL E INNOBLE, previsto y sancionado en el artículo 406, numerales 1° y 2° del C.....