PRIMERO: El archivo fiscal de las presentes actuaciones seguida en contra del imputado ciudadano WILFREDO LOBARDO BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.860.388, residenciado en Agua Negra, final de barrio, casa S/N, de ocupación funcionario de la policía del estado, Tucupita, Estado Delta Amacuro, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal en perjuicio del niño Néstor Jesús Carrasquel. SEGUNDO: Se acuerda el cese de su condición de imputado y de la medida de coerción impuestas al imputado WILFREDO LOBARDO BRAVO, plenamente identificado en autos, en fecha 21-08-2004, consistentes en presentaciones periódicas cada 15 días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Circunscripción Judicial Penal. TERCERO: La presente investigación solo podrá ser reabierta cuando surjan nuevos elementos que así lo justifiquen, previa autorización del Juez. CUARTO: Se acuerda notifica.....