DISPOSITIVA
Por las razones de hechos y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA por el procedimiento especial de admisión de los hechos establecido en el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano DOUGLAS JOSE MENDEZ BOTTINI, titular de la cedula de identidad N° V- 9.863.307, de nacionalidad Venezolana, hijo de los ciudadanos: Eladio Méndez y Josefa Antonia Bottini, de estado civil soltero, de profesión u oficio taxista, de 44 años de edad, natural de esta ciudad, estado Delta Amacuro, nacido en fecha 08/12/68, residenciado en Santa Cruz, calle principal, casa 01, cerca de donde estaba la casilla policial, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, teléfono de.....