Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control de la Sección Penal Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en los artículos 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 62 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA:
PRIMERO: De conformidad con los artículos 7, 58, 62, 79 del Código Orgánico Procesal Penal y los articulo 531, 536, 537 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declina la competencia en razón del territorio a la Jurisdicción Penal de San Cristóbal Estado Táchira al Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Función de Juicio de la sección penal adolescente quien libro orden de aprehensión según oficio N° J-1273, de fecha 09/04/2008;.....