DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 242, 243, 263, 264, 450 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1364 del Código Civil, HOMOLOGA el RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, presentado por los ciudadanos, MARIA EUGENIA ROZO DE MEDRANO Y JHONNY JOSE MEDRANO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.789.086 y 9.858.350, respectivamente de este domicilio,partes demandadas en la presente causa intentada por el ciudadano GABRIEL JOSE RODRIGUEZ PATRIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.606.750, domiciliado en el Municipio Tucupita, .....