DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de control Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en La ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: No admite la acusación presentada por el Fiscal Primero Auxiliar del Ministerio Público, en la presenta causa seguida al ciudadano YAMIR JOSE RODULFO MARCANO, venezolano, soltero, de 33 años de edad, de profesión u oficio Técnico en Operador de Plantas de Gas, empleado de la Constructora Plutonio; natural de San Félix Estado Bolívar, nacido en fecha 03-05-1.977, hijo de Almira Marcano (v) y Tomás Rodulfo (v); Estudiante de Ingeniería en Gas en la UNEFA; titular de la cédula de Identidad Nº 14.488.058; residenciado en el sector Coporito Abajo, al lado de la casa Comunal, Tucupita, estado Delta Amacuro, respecto de los hechos que iniciaron en fe.....