Visto el contenido del acta levantada en la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Única de Reconciliación conforme a lo dispuesto en el artículo 521 de la LOPNNA, del presente asunto signado con el Nro. YP11-V-2012-000230, contentivo del procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO, interpuesto por la Ciudadana DALIAS DARMELIS SALAZAR DE RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.335.234, domiciliada en Urbanización el Jobo, Calle Transversal, Manzana 8, Casa Nº 14, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, en contra del Ciudadano OSCAR DOMINGO RIVAS, venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.206.109, Urbanización el Jobo, Calle Transversal, Manzana 8, Casa Nº 14, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro. Vista la manifestación de la parte demandante ciudadana: DALIAS DARMELIS SALAZAR DE RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.335.234, expone, lo siguiente: ""Desi.....