este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 452 de la LOPNNA en concordancia con los artículos 263 y 265 del CPC, Homologar como en efecto así hace en este acto, el desistimiento del presente proceso, adquiriendo efectos de sentencia definitivamente firme y ejecutoria. En consecuencia, se dejan SIN EFECTO, las medidas preventivas decretadas por este Despacho Judicial, mediante Resoluciones Interlocutorias, de fechas 21-05-2013 y 21-06-2013, dejándose sin efecto los oficios Nros. JMSEI-0847-2013, de fecha 21-06-2013, que riela al folio 36; Nro. JMSEI-914-2013, de fecha 11-07-2013, ratificado mediante oficio Nro. JMSEI-1221-2013, de fecha 16-10-2013 .....