éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con Competencia en los estados Yaracuy y Cojedes, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. COMPETENTE para conocer de la acción de Amparo Constitucional incoado por los abogados ALESSANDRA PEDROZA y ARQUIMEDES RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nro. V.- 15.076.283 y V.-13.513.538, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 122.186 y 120.729, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales de la ciudadana VIEIRA RODRIGUES EMMA ROSSI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.289.988 contra la CIUDAD HOSPITALARIA DR. ENRIQUE TEJERA.
2. ADMITE la acción incoada.
3. NOTIFÍQUESE al DIRECTOR DE LA CIUDAD HOSPITALARIA DR. ENRIQUE TEJERA; a fin de informar de la opo.....