Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: A tenor del primer aparte del artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la devolución de los vehículos distinguidos con la siguientes características: PLACA: AB6F81W, MARCA: BERA, MODELO: BERA150CC - 150CC, AÑO DE FABRICACION: 1999, SERIAL DE CARROCERIA: LP6PCMA0080B06188, SERIAL DE MOTOR: 163FML85020100, CLASE: MOTO, TIPO: MOTOCICLETA, USO: PARTICULAR, COLOR: ROJO, NUMERO DE PUESTOS: 2, al ciudadano ALEXANDER JOSE MARCANO CARRASQUEL, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.209.273, Residenciado en el Delfín Mendoza, Calle 3, Casa Nº 40, Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, en consecuencia, se acuerda.....