Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: la APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373, último aparte, en relación con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano: RAMIREZ COTUA ALESSON ABNEL, venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 31/ 01/1.991, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad V- 19.403.366, de estado civil soltero, nacido en fecha 06/ 06/ 1981, de profesión u oficio estudiante, residenciado en el sector San Rafael, avenida Raúl Leonis, casa s/n, Estado Delta Amacuro, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 orinales 2° y 3°, debiendo presentar dos (02) personas responsables quienes deberán con.....