Visto que en la oportunidad fijada para que tuviera lugar la Audiencia Preliminar en Fase de Mediación, del presente asunto signado con el Nro. YP11-V-2012-000147, contentivo del procedimiento de Revisión de Obligación de Manutención, interpuesto por la ciudadana: ALCELYS SOFIA VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-9.867.901, domiciliada en Villa Bolivariana, Calle 3, al lado de una Bodega de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, parte demandante en contra del Ciudadano: ADOLFO RAFAEL DAVALILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.214.535, residenciado en Villa Bolivariana, Calle 3, casa S/N, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, en beneficio de los niños: (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Prot.....