Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara: 1.- CON LUGAR la demanda de intimación al pago por cobro de bolívares, intentada por Pedro Sebastián Gil en su carácter de endosatario en procuración al cobro de LUIS ANTONIO IDROGO B., en contra del ciudadano VICENTIS DE SANTIS, representado por el abogado CARLOS ROJAS BETANCOURT. En consecuencia se condena al pago de UN MILLARDO DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 1.286.887.859); el cual esta descrito de la manera siguiente: Primero: La cantidad de NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 941.529.579,00) por concepto de la prim.....