DISPOSITIVA
Por los argumentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se impone a los ciudadanos GRAFFE BALAN ALEXIS y BEJARANO SALAZAR JORGE, ampliamente identificados en el presente asunto, medidas cautelares sustitutivas, de la prevista en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones periódicas, cada quince días por ante el puesto policial de Sierra Imataca del Municipio Casacoima.
2.- Se acuerda proseguir la presente investigación por la vía del procedimiento ordinario.
Regístrese, diarícese y déjese copia certificada.
EL JUEZ.,
ABG. JORGE CÁRDENAS MORA
EL SECRETARIO
ABG. ANDERSON GÓMEZ GÓNZALEZ